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El 5 de noviembre la Polic??a Nacional Civil (PNC) inform?? el hallazgo de un jet en Retalhuleu durante un operativo antinarc??tico. Seg??n la informaci??n oficial, por ??rdenes del Ministerio P??blico este veh??culo fue incinerado, ya que no era segura para emprender el vuelo. En seguimiento a este hecho, Haroldo V??squez y Julio Prado cuestionaron la pertinencia de la decisi??n desde una perspectiva legal.

El cuerpo policial describi?? que la orden fue imperada por el Ministerio P??blico (MP) en asesor??a de expertos militares. Seg??n la vocer??a del MP, la acci??n se fundamenta en las regulaciones de la Administraci??n Federal de Aviaci??n (FAA, por sus siglas en ingl??s). Adem??s, distingui?? que las aeronaves localizadas bajo operativos antinarc??ticos no pueden ser rescatadas para su uso posterior, pues podr??an estar alteradas y constituir un riesgo.

Por otro lado, el Ej??rcito detall?? que en este proceso siempre es competencia de los fiscales del MP autorizar la quema de las aeronaves en el punto de ubicaci??n del il??cito.

HAROLDO V??SQUEZ (AGJI): JUEZ EN NECESARIO EN EL PROCESO

En un reportaje radial de Con Criterio, Haroldo V??squez Flores, presidente Asociaci??n Guatemalteca de Jueces por la Integridad (AGJI), opin?? que es complejo determinar inmediatamente si la evidencia no es ??til. Adem??s, seg??n la informaci??n brindada por las autoridades pone en duda si se recabaron todas las pruebas necesarias.

???Se tiene que poner a disposici??n del ??rgano jurisdiccional, en donde se vaya a eventualmente realizar la investigaci??n correspondiente, toda evidencia o prueba que sea ??til para la investigaci??n y sea el juez contralor el que disponga en qu?? momento se puede destruir o no una evidencia???, sostuvo.

Posteriormente, en una entrevista del mismo medio radial, Julio Prado, exfiscal del MP y abogado penalista, concord?? con el an??lisis de V??squez y agreg?? que el simple hecho de encontrar una aeronave, de procedencia desconocida en territorio nacional es sujeto a una investigaci??n por riesgos a la seguridad nacional. Lo anterior implica que deben ser resguardadas las evidencias para la pesquisa.

El juez Haroldo V??squez, es actualmente el presidente Asociaci??n Guatemalteca de Jueces por la Integridad (AGJI) Foto La Hora

???Eso ya es parte de una investigaci??n y, por lo tanto, debe ser resguardado como una evidencia. El Ministerio P??blico tiene el deber, como lo menciona tambi??n la normativa, de resguardar esa evidencia, de tal forma que pueda ser analizada???, refiri??.

En esta investigaci??n, formul?? el experto, debe intervenir la Corte Suprema de Justicia (CSJ), a trav??s de los jueces de primera instancia. ???Cuando un hecho como este sucede en territorio guatemalteco es que se inicia una investigaci??n que est?? a cargo del Ministerio P??blico. Se debe auxiliar de la Polic??a Nacional Civil para poder hacer esa investigaci??n y resguardar la evidencia; esta es una escena del crimen???, describi??.

UNA PR??CTICA ACOSTUMBRADA NO SIGNIFICA QUE SEA LEGAL

Prado enfatiz?? que, si bien quemar las evidencias no es una pr??ctica reciente, a su criterio, no es una acci??n pertinente a realizar. ???No porque se acostumbre, es esto legal???, distingui??.

Seg??n describi??, solo existen dos maneras en las que el MP puede adquirir esa evidencia: una orden de secuestro, expedida por un juez de primera instancia; o a trav??s del hallazgo de la PNC, como en este caso que, aunque no cuenta con una orden de secuestro, la notoriedad de una aparente comisi??n il??cita, faculta a la entidad para actuar inmediatamente y trasladar la informaci??n al juez.

???Esta evidencia debi?? ser resguardada por la PNC hasta que se pudiera trasladar al almac??n del Ministerio P??blico, el almac??n del Organismo Judicial o alg??n lugar donde se pudiera tener este tipo de aeronaves???, detall??.

??QU?? SUCEDER??A SI SE HUBIERA LOCALIZADO AL DUE??O?

El exfiscal expuso que la Ley de Extinci??n de Dominio indica que ???si no se pod??a identificar al due??o (de la aeronave), era obligatorio iniciar el proceso de extinci??n de dominio???. Por el modelo de veh??culo, consider?? que venderla ser??a complicado, pero pudo ser ??til para obtener repuestos y revenderlos.

??l cuestion?? adem??s qu?? hubiera pasado si la nave hubiera sido robada y se localizara posteriormente al due??o y el Estado ya haya elegido quemarla. ???Eso es lo que no estamos viendo???, dijo y reiter?? que por esta y las razones anteriormente expuestas, se debe conservar la evidencia hasta que no se pueda determinar si hay un propietario.

ESTA HA RESPUESTA HA DADO EL MP RESPECTO A LA QUEMA DE AERONAVES

El pasado s??bado, La Hora public?? la nota ???Jet con droga: ??Pod??an las autoridades incinerarlo en el lugar? Esto argumenta el MP???, en la cual el ente investigador explic?? que antes de incinerar la aeronave fue procesada en su totalidad y se recopilaron los datos necesarios para continuar con la investigaci??n.

???Lo que se hace es inspeccionar en su totalidad la aeronave para obtener datos de identificaci??n de esta. Se levantan todos los datos de registro e identificaci??n que aportan a la investigaci??n???, asegur?? Juan Luis Pantale??n, jefe de Informaci??n y Prensa del MP.

Asimismo, afirm?? que esa din??mica se fundamenta en regulaciones de la Administraci??n Federal de Aviaci??n (FAA, por sus siglas en ingl??s). A??adi?? que no se pueden utilizar aeronaves localizadas bajo operativos antinarc??ticos, ya que est??n alteradas y ser??a riesgoso movilizarlas.

A pesar de que la Ley contra la Narcoactividad y sus Reformas, establece en el Art??culo 19 que el Juez Incinerador es quien ordena la ???destrucci??n, eliminaci??n o inutilizaci??n de la droga, estupefaciente, sustancia qu??mica prohibida o controlada, psicotr??pico o precursor???, esto no aplica a los recursos de transporte que podr??an estar vinculados a ese tipo de delitos, seg??n el MP.

El domingo fue ubicada otra avioneta con il??citos, pero en Sayaxch??, Pet??n; tambi??n fue incinerada y al consultarle al MP si esto se trataba de una nueva disposici??n para el manejo de las aeronaves con il??citos, la entidad remiti?? a las respuestas del s??bado.

El 11 de junio de 2019, la PNC report?? en una finca ubicada en el kil??metro 145 de la aldea Pinula, Tiquisate, la localizaci??n de una avioneta con posibles il??citos. En esa oportunidad, el veh??culo tambi??n fue incinerado y la Fiscal??a contra la Narcoactividad explic?? al medio ???Soy502??? que presentaba da??os, por lo que tomaron la decisi??n de hacerlo.

El 24 de febrero del 2020, incluso la PNC comparti?? un video de c??mo utilizaba gasolina para incinerar una avioneta ubicada Sayaxch??, Pet??n, ???ante la imposibilidad??? de trasladarla a otro lugar.

LaHoraGT

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