0 0
Read Time:10 Minute, 45 Second
Se necesita una mayor colaboraci??n entre los sectores p??blico y privado para garantizar una distribuci??n r??pida y justa de las vacunas contra el COVID-19. Los expertos en salud consultados por Infobae expresaron sus inquietudes

La vacunaci??n contra la enfermedad causada por el SARS-CoV-2 avanza a contrarreloj en el mundo, a cargo de gobiernos y entidades de salud p??blica.??Entre diciembre del a??o pasado y lo que va de marzo se aplicaron 312 millones de dosis de vacunas contra el COVID-19 alrededor del mundo. Si bien la campa??a est?? muy por debajo de los ambiciosos compromisos asumidos por los laboratorios, se est?? acelerando en las ??ltimas semanas.

No obstante,??la disparidad en el reparto de las vacunas sigue siendo muy notoria.??El mapamundi de la vacunaci??n??contin??a mostrando un hemisferio norte con procesos bastante avanzados, y un hemisferio sur muy rezagado. Mientras algunos pa??ses logran ejecutar campa??as de vacunaci??n masivas que alcanzan a m??s de la mitad de su poblaci??n (incluso con las dos dosis requeridas por la mayor??a de las vacunas disponibles), otras naciones se encuentran rezagadas.

En ese contexto, y ante el aumento de contagios, pa??ses como Indonesia, India y Pakist??n, entre otros, optaron por incorporar a privados a la compra de vacunas, pero controlados desde instancias gubernamentales. En Am??rica Latina, impulsados por el desabastecimiento, Brasil, Colombia, Per?? y M??xico est??n abriendo puertas para que empresarios y gobiernos locales puedan adquirir las dosis que se necesitan.

Desde asegurar un suministro suficiente hasta permitir el lanzamiento de vacunas m??s r??pido y m??s grande hasta el momento, se necesita un apoyo sustancial tanto de los gobiernos como del sector privado. El ??ltimo puede desempe??ar un papel fundamental en la obtenci??n de fondos vitales para garantizar el ??xito de esta tarea humanitaria. Aun as??, la opci??n de la compra privada es a??n muy incipiente y genera reparos.

???Estamos viviendo un contexto mundial de distribuci??n desigual que atenta contra la salud p??blica. Los pa??ses que acumulan vacunas m??s all?? de sus necesidades hacen que otros pa??ses no puedan empezar una campa??a de vacunaci??n hasta 2022. En este contexto, privatizar la compra de vacunas solo garantiza m??s desigualdad en la distribuci??n, el que cree que los Estados van a poder controlar a quienes las empresas privadas les apliquen las dosis vive en otro universo o est?? haciendo negocios. Es una manera err??nea de invertir los esfuerzos???, manifest?? consultado por este medio Mario Lozano, vir??logo del CONICET y experto en vacunas.El problema al que se enfrenta la mayor parte de pa??ses es el desabastecimiento global de dosis de vacunas contra el COVID-19 (REUTERS)El problema al que se enfrenta la mayor parte de pa??ses es el desabastecimiento global de dosis de vacunas contra el COVID-19 (REUTERS)

Quienes rechazan la idea de ???privatizar??? la compra de vacunas aseguran que la apertura de un mercado privado provocar??a que los particulares comiencen a competir con el Estadocomo proveedor, lo que podr??a incluso entorpecer la campa??a de inmunizaci??n.

Ante la consulta de Infobae, el epidemi??logo Hugo Pizzi, profesor titular de Universidad Nacional de C??rdoba y La Rioja, asever??: ???Los privados empiezan a actuar cuando el mercado cambia de demanda absoluta. Hoy, ya hay privados gestionando ante la mayor producci??n: obras sociales s??lidas, cadenas de productos farmac??uticos, provincias algunas actuando solas y otras como regi??n centro. Todo depende de la cantidad de nuevas vacunas. El mercado cambia y la demanda se transforma en oferta. En los ??ltimos tiempos aparecieron nuevas vacunas y los primeros empezaron a bajar los precios???.

???El virus va a seguir circulando libremente en pa??ses con escasez de vacunas y va a mutar en mayor proporci??n ensayando diferentes escenarios de secuencia. As?? es como podr??an surgir nuevas variantes de preocupaci??n, en particular aquellas que escapan a la vacuna. Si apareciera alguna variante que escape completamente a la protecci??n que nos da la vacuna, empezar??amos de cero a luchar contra una nueva pandemia y las vacunas que se acumularon en exceso no van a servir ni para una sopa???, a??adi?? Lozano.

Entonces, ??c??mo puede el sector privado contribuir a uno de los desaf??os m??s urgentes de nuestro tiempo? Se espera que el suministro mundial de vacunas COVID-19 no cubra la demanda en 2021. Como resultado, en muchas partes del mundo, es posible que las personas deban esperar hasta tres a??os para recibir la inyecci??n, tiempo durante el cual el virus continuar??.Hasta la fecha, COVAX ha administrado m??s de 40 millones de dosis en todo el mundo y, a pesar de la menor disponibilidad de suministro en los ??ltimos meses, planea asegurar hasta 1.800 millones de dosis en 2021 (REUTERS)Hasta la fecha, COVAX ha administrado m??s de 40 millones de dosis en todo el mundo y, a pesar de la menor disponibilidad de suministro en los ??ltimos meses, planea asegurar hasta 1.800 millones de dosis en 2021 (REUTERS)

La mayor parte del d??ficit afectar?? a los pa??ses de ingresos bajos y medianos (PIBM).??Hasta la fecha,??m??s del 87% de las dosis de vacuna se han destinado a pa??ses de ingresos altos o medianos altos,??y los??pa??ses de ingresos bajos y medios??han recibido??solo el 0,2%.??Esto se debe en parte a que los pa??ses m??s ricos se han asegurado las vacunas a trav??s de acuerdos bilaterales. Por el contrario, la mayor??a de los PIBM dependen de la instalaci??n de??COVAX, un fondo global para el desarrollo y la adquisici??n de vacunas por parte de los pa??ses. A trav??s de ??l, 92 PIBM recibir??n dosis gratis. Adem??s, todos los pa??ses, independientemente del nivel de ingresos, tendr??an el mismo acceso a las vacunas al mismo tiempo.

Hasta la fecha, COVAX ha administrado m??s de 40 millones de dosis en todo el mundo y, a pesar de la menor disponibilidad de suministro en los ??ltimos meses, planea asegurar hasta 1.800 millones de dosis en 2021. Sin embargo, ha tenido problemas para movilizar el apoyo necesario de los donantes para subsidiar la instalaci??n, y necesita $ 2 mil millones antes de junio de 2021.

Incluso si se logra cerrar la brecha de financiamiento para la adquisici??n de vacunas, la mayor??a de los pa??ses tendr??n dificultades con la entrega. De hecho, pocos tienen la capacidad necesaria para acompa??ar la velocidad y escala sin precedentes del despliegue de la vacuna. Los pa??ses tienen una necesidad urgente de apoyo t??cnico y financiero para fortalecer las cadenas de suministro e introducir campa??as de divulgaci??n para combatir la desinformaci??n. El equipo de la cadena de fr??o, el almacenamiento y la log??stica de ??ltima milla siguen siendo tres cuestiones cr??ticas, especialmente en lugares sin electricidad ni refrigeraci??n fiables.

Las 5 claves para entender la ley que rige las compras de vacunas en ArgentinaEs una norma que regir?? hasta el fin de la pandemia. En caso de conflicto legal con los laboratorios farmac??uticos que venden las vacunas, el Estado debe recurrir a la Justicia extranjera (REUTERS)Es una norma que regir?? hasta el fin de la pandemia. En caso de conflicto legal con los laboratorios farmac??uticos que venden las vacunas, el Estado debe recurrir a la Justicia extranjera (REUTERS)

La Argentina, con una poblaci??n de m??s de 45 millones de habitantes, viene??demorada con la aplicaci??n de las vacunas para reducir la mortalidad por el COVID-19.??En ese contexto, el pa??s cuenta con la ley N?? 27573??que fue sancionada en octubre del a??o pasado por el Congreso de la Naci??n y promulgada el 6 de noviembre por el Gobierno.??Desde entonces, esa norma sirve de marco para las compras que se han realizado y a??n contin??an para conseguir m??s dosis para el plan nacional de vacunaci??n.

La norma nacional tiene como objetivo generar inmunidad adquirida en la poblaci??n contra el coronavirus.??Es la ley que da el marco a las compras de las vacunas contra el COVID-19. Hay??5 claves para entender qu?? cambi?? a partir de su vigencia:

1- Es una ley de excepci??n

???La ley sobre vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 es una norma de excepci??n.??Rige mientras dure la pandemia???,??explic?? a??Infobae??el abogado??Maximiliano Nitto, quien forma parte del ??rea de Salud de la Defensor??a del Pueblo de la Naci??n y de la Comisi??n Nacional de Inmunizaciones.

En el art??culo 9 de la norma y en el marco de la emergencia sanitaria que fue declarada el a??o pasado por la Organizaci??n Mundial de la Salud (OMS) se autoriz?? ???por la excepcionalidad del contexto pand??mico, a los organismos competentes a realizar la aprobaci??n de emergencia de las vacunas objeto de esta ley, con el debido respaldo de la evidencia cient??fica y bio??tica que permita comprobar su seguridad y eficacia???.

2- Posee cl??usulas de pr??rroga de jurisdicci??n con respecto a las compras de vacunas

Con la vigencia de la norma, se establecieron cl??usulas de pr??rroga de jurisdicci??n. ???Esto significa que, en caso de conflicto legal con los laboratorios farmac??uticos que vendan las vacunas contra el COVID-19, el Estado debe recurrir a la Justicia extranjera. Sin embargo, ese art??culo no rige para el ciudadano quien, ante inconvenientes con la vacuna, s?? puede recurrir a la Justicia local???, explic?? el doctor Nitto.

3- Le da un amplio poder a la autoridad sanitaria nacional para reservar y comprar vacunas

La Ley declar?? de inter??s p??blico la investigaci??n, desarrollo, fabricaci??n y adquisici??n de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19. Para eso, le dio facultad al Poder Ejecutivo de la Naci??n a trav??s del Ministerio de Salud de la Naci??n, que puede incluir diferentes cl??usulas en los contratos de adquisici??n de vacunas. El Ministerio puede aun ???incluir otras cl??usulas acordes al mercado internacional de la vacuna para la prevenci??n de la enfermedad COVID-19 para su adquisici??n???, dice la norma en el art??culo 5.Antes de ser aplicadas, las vacunas deben ser autorizadas por la autoridad sanitaria y la autoridad regulatoria (REUTERS)Antes de ser aplicadas, las vacunas deben ser autorizadas por la autoridad sanitaria y la autoridad regulatoria (REUTERS)

Marisa Aizenberg, directora acad??mica del Observatorio de la Salud de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA), coment??: ???La norma da poder al Ministerio de Salud de la Naci??n para celebrar contratos que podr??n incluir cl??usulas de pr??rroga de jurisdicci??n a favor de tribunales extranjeros, pero aclara que dicha pr??rroga no comprender?? a individuos residentes en Argentina???.

Adem??s, explic?? que la ley ???habilit?? a que los organismos competentes puedan realizar la aprobaci??n de emergencia de las vacunas, con respaldo de la evidencia cient??fica y bio??tica que permita comprobar su seguridad y eficacia. A partir de la vigencia de la norma, se establecen acuerdos de confidencialidad en los contratos entre el Ministerio de Salud y las empresas, pero el organismo regulatorio, la ANMAT, debe acceder a los detalles t??cnicos para la autorizaci??n de emergencia???.

4- Establece exenciones de impuestos para vacunas contra el COVID-19

La adquisici??n de las vacunas contra el COVID-19 y todos los insumos asociados est??n exentos del pago de algunos tributos. ???Ese cambio posibilita que no se incremente el costo de la compra de las vacunas???, especific?? el doctor Nitto. Seg??n la norma, las vacunas y los descartables importados que tengan por objeto asegurar las coberturas estar??n exentos de pagar los derechos de importaci??n, impuesto, gravamen, contribuci??n, tasa o arancel aduanero o portuario, impuesto al valor agregado y constituci??n de dep??sito previo.

Tambi??n se aclara que las vacunas y los descartables ser??n importados por el Ministerio de Salud de la Naci??n, por el Fondo Rotatorio de Organizaci??n Panamericana de la Salud o con destino exclusivo al Ministerio de Salud. ???Id??ntico tratamiento recibir??n las vacunas que eventualmente puedan adquirir las provincias y la Ciudad Aut??noma de Buenos Aires???, dice el art??culo 6.

5- Antes de ser aplicadas, las vacunas deben ser autorizadas por la autoridad sanitaria y la autoridad regulatoria

En la norma, despu??s de la compra de las vacunas, deben intervenir el Ministerio de Salud de la Naci??n y la agencia regulatoria de medicamentos, la ANMAT, para su autorizaci??n previo a la administraci??n a la ciudadan??a.??Esos organismos p??blicos deben expedirse en un plazo m??ximo treinta d??as, previo a su uso en la poblaci??n.

Infobae – AP

Happy
Happy
0 %
Sad
Sad
0 %
Excited
Excited
0 %
Sleepy
Sleepy
0 %
Angry
Angry
0 %
Surprise
Surprise
0 %

Average Rating

5 Star
0%
4 Star
0%
3 Star
0%
2 Star
0%
1 Star
0%

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

+ thirteen = fifteen